Blogia
Motril@Digital

El Ayuntamiento de Almuñécar debe revisar de oficio la licencia de obras del hotel Bahía Almuñécar

El Ayuntamiento de Almuñécar debe revisar de oficio la licencia de obras del hotel Bahía Almuñécar

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Granada ha resuelto que el Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) deberá revisar de oficio la licencia de obras que le concedió en febrero de 2005 a la mercantil ‘Bahía de Almuñécar S.L.’ para el proyecto de construcción de un hotel de cuatro estrellas en la Avenida Juan Carlos I de la localidad costera.

En la sentencia, que es el resultado del recurso que interpuso la Junta de Andalucía en enero de 2007, el Juzgado aclara que su decisión concierne a la revisión de la licencia, “no al acto de otorgamiento de la misma”, tal y como pretendía la Administración Autonómica, según informó el Ayuntamiento de Almuñécar en un comunicado.

En su defensa, el Ayuntamiento alegó “el ejercicio abusivo y contrario al principio de buena fe de la acción de revisión de oficio por parte de la Junta de Andalucía, el carácter restrictivo con que la Jurisprudencia contempla la anulación de licencias, así como que el acto concreto a examen no se encuentra incurso en causa de nulidad alguna”.

Tras una extensa exposición de fundamentos, el juez determina que el rechazo de esa solicitud de revisión de licencia “no resultó ajustado a derecho”, y que en consecuencia no puede afirmarse “que no concurran suficientes indicios a efectos de seguir la tramitación del procedimiento de revisión de oficio, y ello con independencia del definitivo resultado al que se pudiera llegar”.

Por último, añade que el examen del fondo del asunto sólo procederá si se ha culminado el procedimiento de revisión de oficio. Por lo tanto, “debe declararse la nulidad de esa denegación, estimándose parcialmente el presente recurso contencioso administrativo, debiendo el Ayuntamiento iniciar el trámite de la segunda fase y concluirla, dictando la pertinente resolución expresa en orden a si existe la nulidad pretendida” por la Junta.

En el citado proceso, susceptible de recurso de apelación y sin condena a costas, el fallo final estima parcialmente el recurso, instando al Ayuntamiento de Almuñécar a iniciar y concluir los trámites del expediente de revisión de oficio de la citada licencia, “que para nada afecta a la intencionalidad de la Junta de Andalucía de anularla”, incide el Consistorio.

0 comentarios