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El TSJA declara nula una modificación del PGOU de Almuñécar

El TSJA declara nula una modificación del PGOU de Almuñécar

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA con sede en Granada ha estimado un recurso de la Junta de Andalucía contra un acuerdo plenario del Ayuntamiento de Almuñécar que aprobó una modificación del PGOU de la localidad, que ahora se declara “nulo de pleno derecho y sin efecto”.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que es firme, desestima a su vez el recurso presentado por el consistorio contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo que había denegado la aprobación definitiva de la referida modificación puntual (número 97) del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

El TSJA considera que el acuerdo impugnado “excede materialmente” de las competencias delegadas en el consistorio por la Junta y que la aprobación en liza de la modificación “sustancial y encubierta” del PGOU correspondía a la Comisión Provincial de Urbanismo, “en cuanto que constituye una verdadera revisión del mismo”.

El Ayuntamiento planteó al respecto que había actuado “por facultades delegadas”, después de que la Consejería de Obras Públicas desestimara el requerimiento formulado contra la resolución de la Delegación Provincial, que denegaba la referida aprobación.

Según la institución municipal, en la modificación puntual cuestionada no se alteraba ni modificaba ninguna zona verde del PGOU y por tanto “no tenía que haber intervenido la administración autonómica”.

No obstante, la resolución recoge que no se puede aceptar “la interpretación favorable a sus intereses” que hace el Ayuntamiento, de ahí que el acuerdo municipal de 4 de enero de 2005 “incurra en nulidad de pleno derecho, por vicio de competencia”.

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