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Más de 50.000 asalariados del sector agrario en la provincia de Granada se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social

Más de 50.000 asalariados del sector agrario en la provincia de Granada se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social

A partir del próximo 1 de enero de 2012 los trabajadores asalariados del Régimen Especial Agrario se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social. La medida afectará en la provincia de Granada a 56.175 trabajadores por cuenta ajena en este sector y a 3.187 empresas actualmente dadas de alta en el Régimen Especial Agrario. 

El Subdelegado del Gobierno en Granada, Antonio Cruz y la directora territorial de la Tesorería de la Seguridad Social, Inmaculada Hidalgo, han presentado esta mañana las novedades que presenta la nueva legislación  y que supone una reivindicación histórica de este colectivo y de las organizaciones que lo representan. 

El texto normativo equipara las prestaciones de la Seguridad Social que reciben los trabajadores del campo con las del resto de los trabajadores por cuenta ajena. Además, se establecen otras mejoras en cuanto al derecho de desempleo; jubilación anticipada; derecho a las prestaciones por maternidad y paternidad en las mismas condiciones que el Régimen General; mejora de las prestaciones por Incapacidad Temporal, que se percibirán en base al salario real; y también mejora en las pensiones de jubilación. Actualmente la pensión media del Régimen Especial Agrario supone un 60% de la pensión media del Régimen General. 

Para dar a conocer las novedades de la nueva legislación, la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social ha iniciado una campaña informativa con asociaciones de empresarios del sector y sindicatos. 

Régimen de Empleados de Hogar

La normativa afecta igualmente a los trabajadores integrados en el Régimen de Empleados de Hogar. En la actualidad, en la provincia están inscritos en dicho régimen 3.776 asalariados y 2.892 empleadores. 

En este caso, las mejoras más significativas se refieren, además de a la integración en el Régimen General a :

  • Desaparición de los trabajadores discontinuos en este Régimen, pasando a ser considerados trabajadores a tiempo parcial a efectos de si integración en la Seguridad Social.
  • La cotización se calculará de acuerdo con una tabla que se basa en las retribuciones que perciban estos trabajadores.
  • Para aplicar el tipo de régimen general (28,80%) a la base hay un periodo de 5 años.
  • Se cotiza por contingencias profesionales.
  • Las prestaciones se asimilan a las del régimen general.

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