Absuelto de incendio por la 'mala fortuna' de no apagar cigarro
Un juzgado de Motril ha absuelto a un hombre que provocó un incendio forestal de 2.147 hectáreas porque su imprudencia solo fue 'leve' y tuvo 'la mala fortuna' de que el cigarrillo encendido que tiró no llegó hasta el río.
La sentencia del juzgado penal 1 de Motril, a la que ha tenido acceso Efe, reconoce que el acusado D.M.P. estaba hacia las 13 horas del 16 de agosto de 1999 en un paraje conocido como Junta de los Ríos en el término de Otivar (Granada) cuando se alejó de otros excursionistas que hacían cámping para defecar junto a un río.
El acusado encendió un cigarrillo y poco después lo lanzó 'encendido, de forma potente entre los dedos pulgar e índice, en la creencia de que llegaría al río por la fuerza lanzada' pero 'sin cerciorarse de que fue así'.
Aunque el fiscal pidió para el acusado dos años de prisión por un delito de incendio, la sentencia le absuelve porque para que exista tal delito la imprudencia debe ser tipificada como grave, y en este caso la juez cree que solo fue leve pues existía el 'escollo de que era pleno mes de agosto, periodo en que se dispara el riesgo de incendios forestales'.
El incendio destruyó 2.147 hectáreas, mató 26 animales de caza mayor, un centenar de cabras valoradas en 5.108 euros y ocasionó unos gastos de extinción a la Junta de 310.648 euros, unos daños materiales de 182.466 euros en montes públicos y de 250.754 euros a propietarios particulares.
La Junta de Andalucía, como principal afectada y acusación particular en el juicio, anunció a Efe que va a recurrir el fallo ante la Audiencia de Granada.
Según la sentencia, 'no ha quedado acreditado que estuviese en el ánimo del acusado prender fuego y, consecuentemente, su propagación por los múltiples perjuicios ocasionados, tanto materiales como patrimoniales, y los nefastos efectos ecológicos'.
El acusado, a juicio de la magistrada, 'no sospechaba ni imaginaba que el cigarrillo no fuera a llegar al agua', por lo que volvió a su lugar de acampada sin cerciorarse de ello y un tiempo después comprobó que salía humo del lugar.
La sentencia del juzgado penal 1 de Motril, a la que ha tenido acceso Efe, reconoce que el acusado D.M.P. estaba hacia las 13 horas del 16 de agosto de 1999 en un paraje conocido como Junta de los Ríos en el término de Otivar (Granada) cuando se alejó de otros excursionistas que hacían cámping para defecar junto a un río.
El acusado encendió un cigarrillo y poco después lo lanzó 'encendido, de forma potente entre los dedos pulgar e índice, en la creencia de que llegaría al río por la fuerza lanzada' pero 'sin cerciorarse de que fue así'.
Aunque el fiscal pidió para el acusado dos años de prisión por un delito de incendio, la sentencia le absuelve porque para que exista tal delito la imprudencia debe ser tipificada como grave, y en este caso la juez cree que solo fue leve pues existía el 'escollo de que era pleno mes de agosto, periodo en que se dispara el riesgo de incendios forestales'.
El incendio destruyó 2.147 hectáreas, mató 26 animales de caza mayor, un centenar de cabras valoradas en 5.108 euros y ocasionó unos gastos de extinción a la Junta de 310.648 euros, unos daños materiales de 182.466 euros en montes públicos y de 250.754 euros a propietarios particulares.
La Junta de Andalucía, como principal afectada y acusación particular en el juicio, anunció a Efe que va a recurrir el fallo ante la Audiencia de Granada.
Según la sentencia, 'no ha quedado acreditado que estuviese en el ánimo del acusado prender fuego y, consecuentemente, su propagación por los múltiples perjuicios ocasionados, tanto materiales como patrimoniales, y los nefastos efectos ecológicos'.
El acusado, a juicio de la magistrada, 'no sospechaba ni imaginaba que el cigarrillo no fuera a llegar al agua', por lo que volvió a su lugar de acampada sin cerciorarse de ello y un tiempo después comprobó que salía humo del lugar.
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