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Los padres o tutor de un menor tendrá pensión completa cuando ingrese en el Hospital de Motril

Los padres o tutor de un menor tendrá pensión completa cuando ingrese en el Hospital de Motril

Padre, madre o tutor de un menor de 14 años podrá comer y dormir en la misma habitación del enfermo adolescente cuando éste ingrese en el hospital, tal y como contempla el decreto 246/2005 de la Consejería de Salud. Los hospitales granadinos disponen de tres años para adaptar los servicios de pediatría a la nueva norma y disponer sólo de habitaciones individuales con un baño o aseo para la persona acompañante. 

  El ’Materno Infantil’ dispone en su Pediatría de algunas habitaciones individuales, donde los acompañantes pueden alojarse. Este recinto sanitario es pionero en Andalucía en disponer de este tipo de servicios. ’Sólo la Pediatría del Clínico está en condiciones de cumplir esta norma en estos momentos al cien por cien. Todas sus habitaciones son individuales y preparadas para un acompañante’, comenta la delegada provincia de Salud, Celia Gómez.

El decreto implica a otras áreas. Las urgencias habilitarán espacios reservados para los menores. ’Las de Motril ya están preparadas para que los niños o adolescentes dispongan de una sala de espera propia y en los centros de salud también trataremos de que este colectivo de población disponga de su propio espacio’. El objetivo es que los menores de edad encuentren menos hostiles estos establecimientos sanitarios.

La norma, ya en vigor, incluye un amplio listado de derechos y responsabilidades de obligado cumplimiento por el menor, que trata de favorecer una estancia más cómoda en el hospital. La sensibilidad por estos menores queda rubricada en un apartado del artículo 15.5 que permite a los más peques traerse de casa todo tipo de juguetes u objetos personales, incluido el pijama, siempre que no exista una indicación clínica en contra. ’Los espacios destinados a la atención pediátrica, tanto hospitalaria, como ambulatoria, dispondrán de decoración, ambientación y luminosidad con características adecuadas a la infancia’, reza la norma.

La relación madre-recién nacido durante las primeras horas de vida del bebé también dará un giró de 380 grados respecto a las normas vigentes en la actualidad. El crío no le será retirado a la madre ni un solo segundo, salvo en situaciones excepcionales indicadas por prescripción médica. ’Se evitará la separación madre-hija en el pos parto inmediato, garantizándose, la permanencia conjunta. En el caso de que la persona recién nacida precise ingreso, se le facilitará de forma conjunta con el padre, madre o tutor’.

Salud obligará a difundir toda esta normativa a los centros sanitarios de la comunidad autónoma andaluza para que las familias tengan pleno conocimiento de los derechos que asisten a los menores. Un consejo de salud de menores, de nueva creación, velará por el cumplimiento de este decreto, entre sus miembros habrá dos menores de edad designados por el Instituto Andaluz de la Juventud -IAJ-.

’Este decreto trata de regular la figura del menor como la de una persona con derechos y obligaciones. De esta manera, avanzamos en el reconocimiento de sus derechos y obligaciones, ayudamos a fomentar su responsabilidad y su papel activo en esta sociedad’, concluye Celia Gómez.

Por último, los centros de salud también deberán adaptarse al horario escolar del menor cuando éste sufra una enfermedad crónica.

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