La LFP anuncia que
La Liga de Fútbol Profesional (LFP) ha anunciado este martes que "no se van a suspender los derechos del Granada 74" y que estudia la "presentación de acciones legales, en el caso de sostenerse la postura actual por la UEFA y la FIFA, así como por posibles actuaciones de la RFEF, ante los Tribunales", a través de un escrito que ha remitido al organismo federativo español.
La LFP sostiene que "el club Granada 74 SAD está inscrito a todos los efectos en la competición de Segunda División de acuerdo con la legislación española (Ley del Deporte, Real Decreto Ley de Federaciones Deportivas, Real Decreto de Sociedades Anónimas Deportivas, Estatuto y Reglamento de la LFP, Estatuto y Reglamento de la RFEF y convenio entre la LFP y la RFEF)".
"Tampoco se va a tomar cautelarmente ninguna medida para dicha suspensión, que es acorde al Derecho español, y cualquier actuación en ese sentido sería una clara vulneración del ordenamiento jurídico nacional, que devendría en responsabilidades no solo mercantiles o civiles, con derivaciones económicas incalculables, sino también en responsabilidades penales", continúa.
No obstante, la LFP ha confirmado en este escrito su "voluntad de tener una reunión en Zúrich el próximo día 20 de agosto, con el fin de explicar a la FIFA y a la UEFA su total apoyo, como siempre ha existido para con dichos organismos, pero dentro de la legalidad vigente española, que nos afecta como integrantes obligados a respetar la misma".
La Liga se ha manifestado así después de que los dos organismos internacionales hayan pedido la suspensión del Granada 74 del calendario de Segunda División, del que ha entrado a formar parte en sustitución del Ciudad de Murcia después de adquirir todas sus acciones y efectuar un cambio de residencia y nombre, algo a lo que UEFA y FIFA se oponen argumentado que es una acción que "viola un principio fundamental del fútbol".
Antecedente en el fútbol inglés
Ante esta postura, la LFP pone énfasis en que "no existe ninguna violación de un principio fundamental del fútbol, según el cual la promoción de un club se obtiene mediante resultados deportivos en la cancha y no por operaciones de índole financiera o comercial, tal y como se refleja en la carta recibida". "Esto es total y absolutamente falso", dice la Liga indicando que la RFEF sabe que el CP Granada 74 está encuadrado en el grupo IX de la tercera división y que depende de la propia RFEF.
"Este club mantiene su categoría. El CP Granada 74 tiene una consideración legal distinta de la del Club Granada 74 SAD, ya que son dos personas jurídicas distintas, la primera de orden civil y administrativo y la segunda de orden mercantil. El primero, además, se compone de socios y no de accionistas, y no puede vender sus acciones a terceros, como sí puede hacer una SAD", comenta.
"Lo que ha ocurrido, es la compra de las acciones, las del Ciudad de Murcia SAD, por una persona jurídica, "Ciudad Deportiva Granada 92, S.A.U.. Este, legítimo comprador de las acciones, decidió cambiar el nombre y el domicilio del club que había adquirido, de conformidad con la legalidad vigente", continúa. La Liga insiste en que "no ha habido pues ningún cambio de categoría por medios no deportivos, sino una mera transacción comercial sobre las acciones y un cambio de denominación y de domicilio".
Sobre este mismo asunto la LFP recuerda un antecedente en el fútbol inglés, cuando el Wimbledon FC cambió de denominación social y de domicilio en Inglaterra. "Pasó a llamarse Milton Keynes Dons FC, lo que fue aprobado sin problema alguno y no recordamos que la UEFA o la FIFA dijeran nada al respecto". La LFP niega también que haya incurrido en violación estatutaria o reglamentaria alguna.
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