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La Audiencia Provincial ratifica el sobreseimiento de Juan Carlos Benavides por un presunto delito de prevaricación

La Audiencia Provincial ratifica el sobreseimiento de Juan Carlos Benavides por un presunto delito de prevaricación

La Audiencia de Granada ha ratificado el sobreseimiento dictado en su día por un Juzgado de Almuñecar de una denuncia formulada contra el alcalde de esta localidad, Juan Carlos Benavides, por un delito de prevaricación en las actuaciones contra el centro de educación ambiental Karanda SL y el cámping Carambolo.

Según han informado a Efe fuentes municipales, tras la sentencia dictada a principios de año por el Juzgado de Instrucción número 2 de Almuñécar, el concejal de IU, Fermín Tejero Mesa, presentó un recurso de apelación.

En el auto de la Audiencia, que ya es definitivo, se considera que no existe “ningún indicio de delito”, por lo que se procede a ordenar el sobreseimiento del caso en el que estaban imputados por prevaricación el alcalde, el ex concejal Emilio González y un trabajador municipal.

Además, la Audiencia dictamina que, de las diligencias practicadas y una vez realizada una nueva valoración de las mismas, “no constituyen indicios racionales de criminalidad suficientes para ordenar la continuación del proceso” contra los imputados.

Se determina así que en el ejercicio de sus funciones por un alcalde, concejal o funcionario, no sólo es lícito sino que responde a una necesidad socialmente sentida en el seno de la comunidad.

En este sentido, la Sala señala no poder llegar a otra conclusión distinta a la adoptada por la jueza de Almuñécar y que “no se puede calificar la actuación de los imputados desde la perspectiva de la normativa administrativa, como arbitraria, grosera y caprichosa”.

Los hechos se remontan a 2005, cuando el edil Tejero denunció al Consistorio por “indefensión y acoso” después de que se ordenara el cierre del centro de educación ambiental y del cámping “sin explicar los motivos”.

El caso, que también fue llevado a los tribunales por la vía administrativa, cuenta con una resolución favorable del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Granada en la que se anulan las actuaciones ejecutadas por el Ayuntamiento por indefensión del afectado.

Con fecha 11 de enero se acordó el sobreseimiento provisional del caso por la vía penal, después de que el pasado 25 de febrero de 2009 se decidiera continuar la tramitación de las diligencias previas en procedimiento abreviado.

El concejal de IU, como acusación particular, solicitó diez años de inhabilitación para el alcalde, la misma pena para el ex concejal de Urbanismo y siete para el administrativo del Ayuntamiento, según constaba en el escrito de acusación.

Asimismo, solicitaba una compensación económica de 60.000 euros por cada año de perjuicio al tener el cámping cerrado desde 2005 y 10.000 euros más en concepto de daño moral, con el Ayuntamiento de Almuñécar como responsable civil subsidiario

Para el concejal del Ayuntamiento de Almuñécar García Alabarce, con el fallo de la Audiencia ha quedado demostrado que Fermín Tejero “ni tiene, ni ha tenido ni tendrá argumentos para ir contra el alcalde, los concejales o cualquiera de los técnicos municipales” que siempre actúan amparados en el cumplimiento de la normativa legal.

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