El PSOE califica como extremadamente graves las acusaciones del PP y le insta a acudir al juzgado
El PSOE de Granada ha defendido hoy su “derecho legítimo” de recurrir la forma de proclamación de los concejales que el pasado lunes dio la Alcaldía de Lújar al PP al considerar que el procedimiento seguido no se ha ajustado a la Ley Orgánica de Régimen Electoral, vulnerando su artículo 163.1.
La secretaria de Política Municipal del PSOE de Granada, Elvira Ramón, ha considerado que la Dirección Provincial del PP debería mostrar “como mínimo” su respeto por el recurso que ha planteado el PSOE y por la decisión que puedan adoptar los tribunales, “porque es tan legítimo como el que el PP interpuso en la Junta Electoral Central para que se invalidaran los dos votos que propiciaban el empate entre PSOE y PP en Lújar”.
Ramón ha considerado que el recurso está totalmente fundamentado y amparado por la ley. “Hemos ejercido legítimamente el derecho que como formación política tenemos”, ha aseverado.
Por otro lado, la secretaria de Política Municipal ha manifestado que el PP debería reflexionar ante la actitud que han adoptado en este asunto y sobre todo tras conocer las afirmaciones del PP en relación a la Diputación Provincial. Ramón ha calificado como “extremadamente graves” las acusaciones contra el PSOE y el Gobierno de la Institución Provincial realizadas por el PP, lo que denota “las ganas y los colmillos con los que el PP va a llegar a devorar la Diputación”.
Por ello, ha retado al PP a que “si puede probar la destrucción de cualquier expediente o de facturas a que acuda sin pérdida de tiempo al juzgado y lo denuncie de inmediato”. Además, ha considerado “ridículo” que esgriman como “prueba” de la supuesta destrucción de papeles las fotos mostradas del camión de reciclaje “ya que como es habitual y totalmente normal, este camión recoge el papel para reciclar de la Diputación como lo hace también en otras administraciones”.
Fundamentos del recurso de Lújar
Según ha defendido Elvira Ramón, el PP demuestra un “desconocimiento absoluto” de la Ley Electoral, y ha recordado que el recurso tiene el aval de un informe elaborado por un catedrático de la Universidad de Granada, que determina que se adjudicaron incorrectamente los candidatos proclamados, aunque sí se ajustó a la legalidad la elección del primer candidato y del segundo mediante el lanzamiento de moneda, ya que se vulneró el artículo 163.1. Dicho artículo establece que "si hubiera dos candidaturas con igual número total de votos, el primer empate se resolverá por sorteo y los sucesivos de forma alternativa".
Así, la proclamación de los dos candidatos, que efectivamente se hizo por sorteo, es "totalmente correcta", pero las sucesivas proclamaciones no lo son, puesto que para la proclamación del tercer y cuarto concejal, al haber empate, corresponde al PSOE-A la proclamación del tercer concejal, y para el Partido Popular el cuarto concejal, según el recurso presentado por el PSOE.
"Para el quinto y sexto concejal, al haber también empate, corresponde el quinto concejal al Partido Popular, y el sexto concejal al PSOE-A. Para el séptimo concejal, al haber empate, y alternado el sorteo como marca la Ley, resulta que ha de adjudicársele al PSOE-A, completando así el número de concejales de la nueva corporación municipal de Lujar", y, por tanto, el número de concejales que han de proclamarse a favor del PSOE-A es de cuatro, y al PP sólo de tres.
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