Las familias numerosas de Almuñécar y La Herradura ya pueden solicitar reducción del recibo del IBI del hasta el 50 %
Las familias numerosas de Almuñécar y La Herradura podrán beneficiarse de la reducción de hasta un 40 ó 50 por ciento del recibo del Impuestos de Bienes e Inmuebles (IBI), siguiendo así la propuesta que en enero de 2008 presentó entonces el grupo municipal del Partido Popular, según informó la Concejala de Bienestar Social del Consistorio sexitano, Maria del Carmen Reinoso (PP).
Reinoso recordó que las familias numerosas interesadas en acogerse a esta reducción del importe del recibo del IBI pueden solicitarlo hasta final del mes de febrero, “dado que estas bonificaciones, aunque se pidiera años anteriores, hay que hacerlo anualmente en el Departamento de Rentas del Ayuntamiento de Almuñécar”, señaló.
Desde el equipo de gobierno municipal almuñequero (PP- PA) “entendemos que es pilar básico llevar a cabo actuaciones que mejoren la calidad de vida de las familias, principalmente, cuando la familia se siente más castigada por la situación económica que se está viviendo”, dijo la Concejala de Bienestar Social.
Precisamente, desde el Centro de Servicios Sociales Comunitarios, situado en el barrio La Paloma, se está realizando una campaña informativa, al tiempo que comunicándolo a través del teléfono a todas las familias que durante el año 2011 han solicitado el acogerse a través de estos servicios municipales.
Requisitos
María del Carme Reinoso también recordó los requisitos necesarios para la tramitación de la reducción del recibo entre los que está, lógicamente, aquellas que tenga la condición de familia numerosa desde el pasado día 1 de enero y que el inmueble para el que se solicita bonificación constituya el domicilio habitual de todos los miembros. A ello se suma que el solicitante tenga la condición de sujeto pasivo del impuesto inmueble, o que los miembros de la unidad familiar estén al corriente en la hacienda municipal.
En cuanto al cómputo total de ingresos familiares no supere en 4´5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual y que la suma de todos los valores catastrales de los inmuebles de la unidad familiar, no superen los 80.000 euros.
Las bonificaciones quedarán así:
VALOR CATASTRAL | CATEGORÍA GENERAL | CATEGORIA ESPECIAL | |||
Hasta 20.000€ | 40% | 50% | |||
De 20.000€ a 35.000€ | 30% | 40% | |||
De 35.000€ a 45.000€ | 20% | 30% | |||
A la citada documentación hay que añadir una fotocopia de la Declaración de la Renta de 2009 o Certificado de la Agencia Tributaria de no estar obligado a presentarla, así como fotocopias del título de Familia Numerosa de la Junta de Andalucía y del último recibo del IBI.
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