El PSA denuncia la construcción de viviendas en suelo no urbanizable en Salobreña
Según el PSA el propio alcalde ha reconocido recientemente en un Pleno la imprecisión de la ley y la falta de una normativa más clara y precisa para regular estas situaciones, que ampare la responsabilidad que ante tales casos asumen los ayuntamientos, los cuales se ven en la obligación de conceder la construcción de viviendas rurales aun a sabiendas que es difícil acertar y no equivocarse.
La formación, exigirá en el próximo Pleno la elaboración de una ordenanza tipo específica que regule con rigor y objetividad la justificación y la necesidad de estas construcciones, para no incurrir en fraude de ley, de forma que sólo obtengan autorización para la construcción de viviendas aisladas en el ámbito rural a aquellos propietarios de suelo no urbanizable que efectivamente demuestren con datos y justificación documental y técnica fehaciente la vinculación real de la vivienda al uso del suelo y su explotación agrícola o ganadera, y, sobre todo, la necesidad de que se deba vivir en la misma finca en que se solicita la autorización de la construcción de la vivienda.
Para Palomares, portavoz del PSA de Salobreña, basta con exigir justificación documental de la actividad económica principal del titular de la vivienda que coincida con la de la explotación de la finca y un informe visado por técnico colegiado competente que demuestre fehacientemente la necesidad de la ubicación de la vivienda en el ámbito de la explotación, la cosa tendría remedio y se evitarían que por la puerta falsa de la ley se cuele la construcción de verdaderas mansiones residenciales en terrenos que no son urbanos.
La formación, exigirá en el próximo Pleno la elaboración de una ordenanza tipo específica que regule con rigor y objetividad la justificación y la necesidad de estas construcciones, para no incurrir en fraude de ley, de forma que sólo obtengan autorización para la construcción de viviendas aisladas en el ámbito rural a aquellos propietarios de suelo no urbanizable que efectivamente demuestren con datos y justificación documental y técnica fehaciente la vinculación real de la vivienda al uso del suelo y su explotación agrícola o ganadera, y, sobre todo, la necesidad de que se deba vivir en la misma finca en que se solicita la autorización de la construcción de la vivienda.
Para Palomares, portavoz del PSA de Salobreña, basta con exigir justificación documental de la actividad económica principal del titular de la vivienda que coincida con la de la explotación de la finca y un informe visado por técnico colegiado competente que demuestre fehacientemente la necesidad de la ubicación de la vivienda en el ámbito de la explotación, la cosa tendría remedio y se evitarían que por la puerta falsa de la ley se cuele la construcción de verdaderas mansiones residenciales en terrenos que no son urbanos.
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