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Desestimado recurso de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de uno de los trabajadores de Limdeco

Desestimado recurso de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de uno de los trabajadores de Limdeco

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso presentado por uno de los nueve trabajadores que fueron despedidos de Limdeco, por entender que, “en los supuestos de contratos temporales concertados”, el artículo octavo del convenio colectivo de la empresa pública de limpieza que otorga al trabajador la opción entre readmisión o indemnización en caso de despido improcedente o nulo no es aplicable a los trabajadores que, como en este caso, pasan a ser indefinidos como consecuencia de irregularidades sobrevenidas durante la relación contractual. La sentencia señala, en ese sentido, que la condición de fijo al servicio de la Administración está sometida al estricto cumplimiento de determinados requisitos como son, entre otros, la cobertura de puestos de trabajo que garanticen los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicad. 

El teniente de alcalde de Medio Ambiente, Bonifacio Pérez, ha querido indicar, antes de nada, que, a pesar de la sentencia que da la razón a la empresa, los nueve trabajadores readmitidos seguirán desempeñando sus funciones como hasta ahora, tal como se acordó en su momento con los representantes sindicales.

Bonifacio Pérez ha dicho que, desde el punto de vista político, el fallo judicial viene a confirmar que “las actuaciones de Limdeco siempre han estado guiadas por el interés público”.  Por otra parte, Pérez ha criticado a los grupos de la oposición, a los que ha exigido responsabilidades por “instrumentalizar el conflicto” hasta el punto de “poner en peligro la continuidad de la empresa”. El edil de Medio Ambiente recuerda que Limdeco ha sido ejemplo de “respeto a los derechos laborales” y de “servicio a Motril”, al tiempo que reprocha a PP y PA que en su etapa de gobierno se hicieran contratos en “fraude de ley”.

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