La Justicia condena a Adhara a readmitir o indemnizar a los 33 trabajadores de Almuñécar
- El Juzgado de lo Social nº 1 de Motril ha emitido sentencia contraria a la empresa Adhara SCA, en el polémico caso de los trabajadores despidos por la citada empresa, encargada de prestar en Almuñécar y La Herradura el servicio de Ayuda a Domicilio. Así mismo, la sentencia exime al Ayuntamiento de toda responsabilidad, desestimando la pretensión de Adhara, de que el Ayuntamiento se hiciera cargo de los 33 trabajadores afectados.
En cuanto a si el Ayuntamiento de Almuñécar debió o no, una vez extinguido su contrato con Adhara S.C.A, subrogarse en la posición de esta empresa y asumir como trabajadores propios a los despedidos por Adhara, la Magistrada Juez determina que la administración municipal “no tiene la obligación de asumir a los trabajadores demandantes”, al proceder estos de una empresa privada.
Además, tampoco se considera aplicable al Ayuntamiento el artículo 63 del V Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a Personas Dependientes cuyo precepto en su capítulo 2 establece la exclusión de esa obligatoriedad “a aquellas empresas cuya gestión y titularidad correspondan a la Administración”, caso en el que se encuentra el Ayuntamiento, “que además asume la condición empresarial, al gestionar directamente el servicio”.
La sentencia especifica de forma clara y tajante que: “desestima la pretensión principal de la parte actora – Adhara SCA.- de declarar nulo el despido, en cuanto, no habiendo nacido relación laboral entre los demandantes y la Corporación municipal demandada, no puede hablarse de extinción de dicha relación, ni nula ni de ningún otro tipo”.
Como conclusión, la sentencia condena a Adhara SCA. a readmitir de forma inmediata a dos de sus trabajadoras, (ambas de baja por embarazo y maternidad) con abonos de los salarios que dejaron de percibir desde la fecha de despido, (16 de abril de 2010), e igualmente obliga a indemnizar al resto de los 33 trabajadores y trabajadoras despedidos a las indemnizaciones establecidas por la ley, salvo en los casos en los que se decida una readmisión.
En todos los casos y cualquiera que sea el sentido de la opción a tomar, la Juez Magistrada condena –además- a la empresa Adhara SCA, “al abono de los salarios dejados de percibir por los trabajadores demandantes desde el día 16 de abril de 2010, hasta el día de la notificación de la resolución judicial”, quedando el Ayuntamiento de Almuñécar fuera de toda obligatoriedad con respecto a los trabajadores y trabajadoras afectados.
Una vez conocido el fallo, el portavoz del Equipo de Gobierno de Convergencia Andaluza ha manifestado sentirse muy satisfecho con esta resolución, ya que “nos da la razón en la tramitación que seguimos en este caso, demostrando que el Ayuntamiento siempre actuó en defensa de los intereses de los ciudadanos con un pulcro respeto y cumplimiento de la normativa vigente”.
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