La Junta blinda las competencias municipales frente a la reforma local del Gobierno
La Junta blindará las competencias de los ayuntamientos frente a la reforma de la Administración local emprendida por el Gobierno central. Este es el principal objetivo del Decreto ley, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, que aplicará en Andalucía la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) de tal modo que se salvaguarde el amplio autogobierno que la legislación autonómica garantiza a los municipios, frente a la recentralización planteada por el Estado.
La norma, que va en la misma línea de otras planteadas en comunidades como Castilla y León, País Vasco o Galicia, se dirige a preservar los 40.000 empleos públicos que la LRSAL pone en riesgo en Andalucía y los casi 1.400 millones de euros que los ayuntamientos reciben anualmente de la Junta para que puedan seguir prestando servicios en ámbitos tan relevantes como los servicios sociales, la educación, la salud y el consumo. El Decreto ley, que cuenta con el dictamen del Consejo Andaluz de Concertación Local, hará así prevalecer la normativa autonómica hasta que se resuelva el recurso presentado por la Junta ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley de reforma local.
En primer lugar, la regulación aprobada establece que siguen siendo competencias propias de los ayuntamientos las 29 que recoge el Estatuto andaluz y desarrolla la Ley de Autonomía Local de Andalucía (Laula). Asimismo, interpreta la aplicación de la reforma local en el sentido de acotar al máximo el concepto de duplicidad para no interferir en la capacidad de autogobierno. De este modo, se considera que sólo se dará esta circunstancia si las competencias que los municipios ejercen coinciden con las de la Junta en el mismo territorio y para la misma población, y si no son complementarias.
El Decreto ley aclara las incertidumbres jurídicas que plantea la aplicación de la LRSAL y evita los vacíos competenciales que pueden producirse hasta el pronunciamiento del TC sobre el recurso de la Junta, especialmente en servicios sociales, sanidad y educación. En esta línea, se regula el procedimiento para el ejercicio de las competencias denominadas ‘impropias’ o por delegación, así como el relativo a la adaptación de los convenios firmados entre las administraciones autonómica y local para la financiación de las mismas. Los informes preceptivos en ambos procedimientos no serán necesarios si las competencias se vienen ejerciendo desde antes de la entrada en vigor de la reforma local aprobada por el Gobierno, salvo que se detecte la ejecución simultánea de un mismo servicio público o el ayuntamiento no cuente con financiación.
El informe sobre inexistencia de duplicidades o de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra administración, lo emitirá la consejería competente en la materia de que se trate. Si es favorable, se remitirá a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que a su vez elaborará el dictamen sobre sostenibilidad financiera.
Respecto a la adaptación de los convenios de cooperación y delegación de competencias, para los que la LRSAL exige también el filtro de la sostenibilidad financiera, el Decreto ley incluye una cláusula de garantía del cumplimiento de pago por parte de la Junta. En virtud de ella, se autorizará a la Administración General del Estado a aplicar retenciones en las transferencias que corresponden a la comunidad autónoma por aplicación de su sistema de financiación.
Como bases jurídicas, el Decreto ley toma el artículo 60 del Estatuto de Autonomía, que otorga a la comunidad competencias exclusivas sobre régimen local; la doctrina consolidada del TC, que encomienda a la legislación básica estatal la garantía de la autonomía local, y la propia Disposición Adicional Tercera de la LRSAL, que hace referencia expresa al respeto a las atribuciones exclusivas de las comunidades autónomas. Este último precepto ha marcado también la interpretación de la aplicación de la reforma local en las iniciativas legislativas que se han planteado recientemente en Castilla y León, Galicia y el País Vasco.
Inconstitucionalidad
La LRSAL se encuentra actualmente recurrida por la Junta ante el Tribunal Constitucional, por alteración el marco competencial vigente y vulneración del principio descentralizador recogido en la Constitución Española. La reforma local deja también a la mayor parte de los ayuntamientos sin capacidad para gestionar servicios, al introducir principios de viabilidad financiera ajenos a su carácter público y al mandato de la ciudadanía expresado democráticamente en las elecciones locales. De acuerdo con la norma estatal, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas evalúa el coste de todos los servicios, cuya competencia sólo será municipal si las cuantías son "competitivas", lo que abre las puertas a la privatización.
Los efectos de la reforma local inciden especialmente sobre los 691 municipios andaluces de menos de 20.000 habitantes (el 89,5% del total). Estas pequeñas y medianas localidades, con una población que supera los tres millones de personas, podrían perder buena parte de sus competencias a favor de las diputaciones provinciales, mientras que los 509 municipios andaluces de menos de 5.000 habitantes (66% del total) quedan expuestos a la posibilidad de ser disueltos e intervenidos de forma unilateral.
La norma estatal afecta directamente al desarrollo de las leyes de Autonomía Local de Andalucía (Laula) y de Participación de las Entidades Locales en los Tributos de la Comunidad Autónoma (Patrica), en vigor desde 2010. La primera, considerada como el ’Estatuto de los Ayuntamientos’, concede plena autonomía a los municipios para decidir cómo organizan su territorio y delimita sus competencias propias y fija los procedimientos para la posible transferencia de gestión desde la Administración autonómica. Por su parte, la Patrica garantiza a los entes locales una financiación incondicionada, es decir, respetando las decisiones y prioridades de gasto de los ayuntamientos.
El Ejecutivo andaluz considera que el desarrollo de la LRSAL pone en riesgo alrededor de 40.000 empleos en Andalucía, tanto por la pérdida de funciones como por las privatizaciones de servicios que propicia. Los ámbitos de gestión más amenazados son los relativos a educación, sanidad, servicios sociales, transporte, empleo o consumo. Sólo en servicios sociales (guarderías, ayuda a domicilio y pequeñas residencias de mayores, entre otros), la cifra de puestos de trabajo en peligro supera los 32.000.
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