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Piden cuatro años de prisión para dos individuos que estafaron a otro en una venta por subasta de un local

Piden cuatro años de prisión para dos individuos que estafaron a otro en una venta por subasta de un local El fiscal solicitó la pena de cuatro años de prisión y y una multa de 4.200 euros para dos individuos que estafaron a otro en una venta por subasta de un local, por la que F.G.R. entregó en la firma del contrato la cantidad de 22.537 euros, que no volvió a recuperar ni consiguió el local. Según el escrito de acusación, los inculpados deben indemnizar en 22.537 euros a F.G.R.

Los hechos ocurrieron el 10 de septiembre de 1998, cuando los inculpados, tras mantener varios contactos con F.G.R. sobre la venta de un local en la Plaza de los Panaderos de Motril (Granada), acudieron a la citada localidad para suscribir un documento de venta provisional.

Con ello pretendían, a través de la entidad "Fivibankauto España S.L.", participar en la subasta judicial de dicho local, para lo que convinieron como precio de adquisición la cantidad de 75.126 euros, de los que 22.537 se hicieron efectivos en la firma del contrato.

En el contrato firmado se establecía que "si en 90 días no se efectuaba la venta definitiva, Fivibankauto España S.L. se comprometía a devolver la cantidad recibida en diez días".

Una vez transcurrido el plazo, los acusados remitieron una carta con dos pagarés del Banco Popular con sello y membrete de Fivibankauto por valor de 23.408 euros que resultaron impagados por falta de fondos.

Posteriormente, le entregaron otros dos pagarés de la entidad Banco Exterior, que también resultaron impagados por falta de fondos. Los acusados repitieron una vez más la hazaña y le entregaron otros dos de la entidad Barclays Bank con los que ocurrió lo mismo.

Con fecha 18 de noviembre de 1999, el estafado recibió como "depósito un vehículo como garantía de la obligación de abonar el pagaré último", sin que se haya producido aún ninguna devolución.

Según el fiscal los hechos constituyen un delito de estafa tipificado en los artículos 248, 249 y 250.1 del Código Penal, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. El juicio está previsto para el 21 de junio.

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